Sus Derechos en un Desastre

Derechos de las Personas con Discapacidad en Refugios y en Respuesta a Desastres y Emergencias

  • A las personas con discapacidad no se les puede negar el acceso a los refugios (los refugios no pueden discriminar cuando brindan seguridad, comodidad o necesidades básicas).
  • Los animales de servicio siempre están permitidos en los refugios.
  • Tiene derecho a recibir refugio servicios de asistencia personal, energía de respaldo para dispositivos médicos, privacidad para el cuidado personal y adaptaciones para satisfacer las necesidades relacionadas con la discapacidad para una estimulación reducida.
  • Se debe proporcionar una comunicación igualmente efectiva como, interpretación remota por video (VRI), lenguaje de señas americano (ASL), materiales en formato alternativo (Braille, letra grande, lenguaje sencillo).
  • Los refugios deben ser físicamente accesibles. Tiene derecho a áreas accesibles para dormir, comer, áreas médicas y de recreación, baños, duchas y transporte (cuando el transporte esté disponible para otros).
  • Las familias nunca deben ser separadas en los refugios.
  • Es una violación de sus derechos civiles ser dirigido hacia un “refugio médico o para necesidades especiales”, un asilo de ancianos, un hospital u otro centro médico o psiquiátrico. Usted tiene derecho a un albergue accesible.
  • Los planes de transporte de evacuación de la comunidad deben incluir opciones accesibles para personas con discapacidades de movilidad o transporte limitado. Tiene derecho a asistencia personal, servicios y apoyo para discapacitados en un refugio comunitario accesible, no transferido a un refugio, hospital o asilo de ancianos “especial”.

 

Derechos de los Inmigrantes en Refugios y en Respuesta a Desastres y Emergencias

  • Tiene derecho a recibir ayuda y respuesta ante desastres y emergencias

Guidelines for Enforcement Actions in or Near Protected Áreas [en inglés] (Las Directrices para las Acciones de Ejecución en o Cerca de Areas Protegidas) dice, “En la mayor medida posible, no deberíamos tomar una acción de cumplimiento en o cerca de un lugar que restringiría el acceso de las personas a los servicios esenciales o la participación en actividades esenciales. Este lugar se conoce como "área protegida''.

Al proporcionar ejemplos de lo que es un área protegida, la póliza incluye “Un lugar donde se brinda asistencia y respuesta ante desastres o emergencias, como:

  • A lo largo de las rutas de evacuación, 
  • Dónde se distribuyen refugio o suministros de emergencia, alimentos o agua, 
  • El registro para asistencia relacionada con desastres o reunificación familiar está en proceso.

Recursos: 

 

Denuncie Discriminación: 

DHS Oficina de Derechos Civiles y Libertades Civiles Oficina de Cumplimiento: número gratuito

+1 (866) 644-8360 / TTY: 1-866-644-8361

o correo electrónico CRCLCompliance@hq.dhs.gov  

FEMA División Externa de Derechos Civiles Número gratuito 

+1 (833) 285-7448 [Oprima 1 for inglés, 2 para español, 3 para otros idiomas] 

TTY: 800-462-7585

o correo electrónico FEMA-CivilRightsOffice@fema.dhs.gov  

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